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Dos sentencias anulan las cocinas fantasmas en Paseo Imperial 6 y Canillas 18

Dos sentencias anulan las cocinas fantasmas en Paseo Imperial 6 y Canillas 18

miércoles 18 de septiembre de 2024, 10:42h
Las comunidades de propietarios, la plataforma ciudadana y la FRAVM piden a Almeida que no las recurra

Dos nuevas sentencias firmadas por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 han anulado las licencias de cocinas fantasmas en Paseo Imperial, 6 y en Canillas 18 por considerarlas no adecuadas a derecho.

La segunda ha dado la razón parcialmente a la comunidad de propietarios de varias comunidades como Paseo Imperial, 4, 6 y 21, entre otras, contra la resolución de la Agencia de Actividades del Ayuntamiento de Madrid de mayo de 2021, que autorizó licencia urbanística para implantación de actividad de elaboración de alimentos para su posterior distribución en doce cocinas, obras de acondicionamiento puntual y trabajos exteriores en Imperial, 6, en el interior de una manzana en la que también radican 250 viviendas, como indica la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

Los recurrentes trasladaron al juzgado que el Ayuntamiento concedió licencia "sin tramitar la preceptiva evaluación ambiental de dicha actividad industrial y sin recabar informes técnicos y jurídicos de control de cumplimiento normativo contando tan sólo con un certificado de conformidad urbanística emitido por la Entidad Colaboradora Urbanística".

Criticaban que fuese una empresa privada y no un funcionario público quien efectuase el control de cumplimiento de la normativa municipal y concluían que el proyecto presentado "no requería la tramitación del procedimiento municipal de evaluación ambiental de actividades". Por ello consideraban que se había vulnerado la normativa aplicable.

"La omisión del preceptivo informe jurídico se revela esencial y determinante de la nulidad de la licencia otorgada, siendo además su ausencia lamentable porque, a buen seguro, de haberse emitido un informe jurídico propiamente dicho, se hubiera puesto de manifiesto en el mismo que la actividad pretendida, por sus implicaciones, precisaba una específica evaluación ambiental", recoge la sentencia.

"DEJACIÓN DE FUNCIONES" POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO

El fallo considera que así "el Ayuntamiento demandado ha hecho dejación de su deber, tanto de tramitar el procedimiento de evaluación ambiental, como del deber de calificar adecuadamente la actividad para la que se solicitaba la licencia concernida, a efectos de decidir el procedimiento adecuado ya que la actividad proyectada no sólo implica preparar comidas sino también envasarlas, almacenarlas y distribuirlas y, todo ello, a gran escala", como son doce cocinas industriales, en un entorno residencial.

Prosigue el juzgado afirmando que se trata de "una actividad que, considerada en su conjunto y en el edificio en que se implanta y su entorno debe ser considerada molesta, insalubre, nociva o peligrosa".

La primera sentencia, fallada un día antes, el 11 de septiembre, da la razón a la Asociación de Vecinos contra las Cocinas Industriales y a la Comunidad de Propietarios de la calle Quintiliano, 1 contra la resolución de la Agencia de Actividades de noviembre de 2020, que otorgaba licencia urbanística para la elaboración de comidas preparadas para su distribución y obras de acondicionamiento del inmueble en la calle Canillas, 18, en el interior de una manzana en la que también radican 276 viviendas.

Los argumentos del tribunal son similares. Ambas sentencias se pueden recurrir y no implican la imposición de costas.

SE SUMAN A OTROS DOS SENTENCIAS EN EL MISMO SENTIDO

La Federación Regional de Vecinos de Madrid (FRAVM) se ha referido en un comunicado al "nuevo varapalo judicial del Ayuntamiento de Madrid" y "por partida doble".

Estas dos sentencias llegan tras otras dos que también declararon nulas las licencias de actividad de este tipo de negocios en la calle Alejandro Ferrant, 8, y en el Paseo Imperial, 8 (Arganzuela).

En los dos fallos hoy conocidos, "la magistrada saca los colores al Ayuntamiento de Madrid y le acusa de dejación de su deber por no calificar adecuadamente la actividad de las cocinas demandadas y, por ende, no exigir un necesario procedimiento de evaluación ambiental ni los informes jurídicos preceptivos para un negocio que, a todas luces, tiene rasgos industriales y se ubica en zonas claramente residenciales, en los bajos de viviendas".

"La dejación de funciones tiene que ver también con poner en manos de empresas privadas, las ECUs (Entidades Colaboradoras Urbanísticas) que han gestionado la concesión de las licencias demandadas, y no en manos de funcionarios públicos, el efectivo control de cumplimiento de la normativa municipal", ha continuado la FRAVM.

Y todo ello tras recordar que aunque la ley permite a la externalización en las ECU de la gestión de algunas licencias, los servicios municipales conservan "la superior función de inspección, verificación y control".

Tal y como señala el fallo de las cocinas de Zabaleta (Canillas), la "envergadura, ubicación y posible repercusión y efectos colaterales de las obras y actividad proyectadas" "debió encender las alarmas en el Ayuntamiento", que debería haber seguido "el procedimiento que reclaman las recurrentes", es decir, una adecuada gestión y supervisión del proceso.

PIDEN AL AYUNTAMIENTO QUE NO RECURRA

"El tribunal tiene claro que no se trata de unos negocios convencionales de restauración o de preparado de comida para llevar, y que, sin duda, generan una actividad intensiva que, "considerada en su conjunto y en su proyección al edificio concreto en que se implanta, debe ser considerada molesta, insalubre, nociva y peligrosa, y por ello ha de ser evaluada desde el punto de vista de su impacto medioambiental", han destacado.

De este modo, sigue la estela trazada por los Juzgados número 3 y 6, que declararon nulas las licencias de Alejandro Ferrant y Paseo Imperial, 8, "al considerar que la actividad concernida implica un proceso industrial de elaboración resultado de la preparación en crudo o del cocinado de productos alimenticios de origen animal o vegetal en que se incluye la fabricación de cárnicos, elaboración y conservación de pescados y productos a base de pescado y el "envasado y empaquetado de productos alimenticios".

Por todo ello se debería haber sometido al procedimiento de evaluación ambiental. La Plataforma de Afectados por las Cocinas Fantasma de Madrid, en la que participan los demandantes del Paseo Imperial 6 y de Zabaleta 1 que han conseguido las victorias judiciales y la FRAVM valoran "muy positivamente que por cuarta vez los tribunales de Madrid den la razón a los vecinos y vecinas que sufren las consecuencias de la pasividad del Ayuntamiento en el control y la regulación de las cocinas industriales ubicadas en zonas residenciales".

Todas las entidades piden al alcalde, José Luis Martínez-Almeida, que "no solo no recurra las nuevas sentencias, tal y como hizo con los fallos judiciales de Alejandro Ferrant y Paseo Imperial, 8 sino que proceda al cierre de los negocios de Zabaleta y Paseo Imperial, 6".

Además, le demandan "una solución urgente a los gravísimos problemas que están generando en los vecindarios esas cocinas fantasma y otras como las de la calle José Calvo, en Tetuán". También advierten que la regulación aprobada por el Ayuntamiento en la Modificación de las Normas Urbanísticas del Plan General (PGOUM) "no resuelve el problema pues, en primer lugar, no afecta a las cocinas ya existentes".

Tanto la plataforma como la FRAVM llevan años reclamando el cierre de las cocinas industriales de las zonas de viviendas y su traslado al lugar de nunca deberían de haber salido, las zonas industriales.

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