El juzgado anula la base octava al considerar que, como denuncia el CSIF, la oposición no detalló "con exactitud y precisión los temas teóricos que los aspirantes deberían estudiar"
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 18 de Madrid ha estimado parcialmente un recurso del sindicato Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) contra las bases las bases y convocatoria de un concurso de provisión de diversos puestos de Jefe de Unidad de Gestión en el Ayuntamiento de Fuenlabrada.
En una sentencia fechada el pasado día 12 y a la que ha tenido acceso Europa Press, el juzgado anula una de las bases, la octava, al considerar que, como denuncia el CSIF, la oposición no detalló "con exactitud y precisión los temas teóricos que los aspirantes deberían estudiar".
Sin embargo, pese a ello, el Contencioso-Administrativo no ha anulado este procedo de oposición "dada la falta de concreción, determinación e identificación de los posibles actos" denunciados.
"Queda al margen de este proceso el enjuiciamiento de los resultados del concurso-oposición al no constituir su objeto", alega, para añadir que "no puede admitirse la pretensión general y abstracta de declarar la nulidad o anular todos los actos posteriores derivados de las Bases ahora enjuiciadas, dada la falta de concreción, determinación e identificación de esos posibles actos".
Por su lado, según los denunciantes, al "desconocerse el temario", en la fase de oposición se realizaba "una prueba práctica relacionada con el contenido, funciones y tareas que se realizan específicamente en las plazas objeto de la convocatoria".
Esto sólo podía ser conocido --agrega-- por "las personas que hayan desempeñado esas funciones, lo que supone una vulneración de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad".
"La falta de información configura así un marco de inseguridad difícilmente compatible con el exigido para este tipo de pruebas", alega el Juzgado.
EXPERIENCIA
El juzgado de lo Contencioso-Administrativo mantiene que otra de las bases de esta convocatoria, la referida a la puntuación dada a los aspirantes por su experiencia en puestos, ofrece "serias dudas", si bien no la anula.
CSI-F había considerado que "esa experiencia es puntuada con el doble de puntos que el resto de empleados públicos de la misma categoría de administrativo o de Jefe de Negociado", con lo que "se introduce así un factor distorsionador de la puntuación de la experiencia profesional cuestionable y de dudosa legalidad", lo que ha permitido que cuatro personas obtuvieran las plazas que ya estaban antes desempeñando previamente en el Ayuntamiento.
Para el CSI-F, la sentencia "no tiene desperdicio y pone de manifiesto la ilegalidad del punto octavo y la dudosa legalidad del punto séptimo de las bases que rigieron ese proceso".
Por otro lado, los sindicatos de CC OO, UGT y Plataforma de Trabajadores del Ayuntamiento de Fuenlabrada (PTAF) --que aprobaron las bases de la convocatoria-- han señalado que el Juzgado "únicamente estima la anulación de la base octava" y han recordado que "han tomado nota para que no vuelva a ocurrir en subsiguientes convocatorias".
Tras ello, han cargado contra el sindicato denunciante al afirmar --en un comunicado-- que "si por CSIF fuera, en este Ayuntamiento no se aprobaría ninguna base que promoviera el empleo o la promoción profesional, salvo en beneficio de sus afiliados".