La trabajadora de la seccidón de pescadería del Mercadona, que llevaba 19 años en la empresa, fue despedida por regalar a una cliente un artículo destinado a desechos
El Tribunal Supremo ha declarado firme la sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) que consideró improcedente el despido disciplinario a una empleada de la sección de pescadería del Mercadona por regalar a una cliente una pescadilla que iban a tirar a la basura.
Según ha informado el Alto Tribunal en un comunicado este martes, el supermercado despidió el 5 de octubre de 2013 a la trabajadora, que llevaba 19 años en la empresa, por una falta laboral muy grave por actuar de forma fraudulenta y con abuso de confianza al regalar a una cliente un artículo destinado a desechos.
La empresa consideró que la pescadera había incumplido el artículo 34 de su convenio colectivo, que contempla que es muy grave "el robo, hurto o malversación cometidos tanto a la empresa como a los compañeros de trabajo, sea cual fuere el importe, la apropiación indebida de productos destinados a la basura o promoción".
Un juzgado de lo social de Barcelona consideró improcedente el despido al entender que en su conducta no hubo robo, hurto, malversación o apropiación indebida, y que en todo caso pudo haber cometido una falta grave por desobedecer a sus superiores, una sentencia que fue ratificada por el TSJC.
Entonces, Mercadona interpuso un recurso de casación solicitando la unificación de doctrina en el Supremo porque alegaba que en otra sentencia por un caso idéntico el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía consideraba el despido procedente. En este caso se trataba de una trabajadora de la sección de carnicería de Mercadona que regaló seis kilos de cochinillo a un cliente y lo ocultó anotando que la carne había sido retirada por no ser apta para la venta, y que además cogió una bandeja de pollo caducado, lo mezcló con otros productos y lo puso a la venta.
La sala social del Supremo inadmite este recurso de Mercadona porque no ve contradicción entre ambas sentencias -aunque reconoce algunas semejanzas- porque las imputaciones, los hechos acreditados y las circunstancias valoradas por los tribunales sentenciadores "son distintos".