NACIONAL

Lo ayuntamientos, autorizados para instalar puntos de recarga en edifcios culturales

Lunes 07 de agosto de 2023
La CNMC ha recordado que los ayuntamientos pueden pedir una licencia cuando la instalación afecte a edificios de interés cultural

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha destacado que los ayuntamientos pueden exigir una licencia para instalar puntos de recarga de vehículos eléctricos en edificios considerados bienes de interés cultural.

En concreto, solo en este caso se cumplen los principios de necesidad y proporcionalidad de la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM).

La Asociación de empresas para el desarrollo e impulso del vehículo eléctrico denunció que varios ayuntamientos rechazan la declaración responsable para instalar puntos de recarga en sus municipios.

Por ello, la CNMC ha recordado que los ayuntamientos pueden pedir una licencia cuando la instalación afecte a edificios de interés cultural, según el artículo 48.5 de la Ley del sector eléctrico, al tiempo que el artículo 53 de la normativa prevé el resto de las autorizaciones que se pueden llegar a exigir.

La CNMC ha publicado este lunes los resúmenes sobre sus actuaciones relacionadas con la LGUM durante los meses de junio y julio.

Entre ellas, la Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo pide en unos pliegos que un arquitecto o arquitecto técnico coordine la seguridad y la salud de las obras de La Torre de Valencia.

Según la CNMC, este requisito de solvencia profesional supone un límite al ejercicio de la actividad que se contrata, no se ha justificado y, por tanto, resulta contrario al artículo 5 de la LGUM.

Respecto a la Comunidad de Madrid, que ha convocado unas subvenciones para formación de desempleados durante el 2023 que incluye requisitos discriminatorios, según los artículos 3 y 18.2 de la LGUM, la CNMC ha formulado un requerimiento previo contra la Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.


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