Jueves 02 de octubre de 2014
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha emitido una sentencia en la que asegura que la Consejería de Educación "no se extralimita" con la orden que cede a colegios e institutos el 35% de la configuración del plan de estudios.
"El desarrollo efectuado por la Orden 2774/2011, de 11 de julio, no se extralimita a las previsiones legales y reglamentarias que al respecto se establecen en la LOE 2/2006, en los RR.DD. estatales, y especialmente en los Decretos autonómicos 22/2007 y 23/2007, por lo que resulta procedente la desestimación del recurso", explica la sala en la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
En este sentido, remarca que "no puede sostenerse que la orden impugnada vulnere el principio de jerarquía normativa, ni sobrepase el ámbito de la autorización del desarrollo normativo de estos decretos", tal y como sostenía el recurrente, la Federación regional de Enseñanza de CC.OO.
De hecho, el magistrado Miguel Ángel Vegas Valiente explica que si bien los centros pueden desarrollar proyectos propios, en éstos "deben constar en todo caso con la autorización de la Consejería de Educación y empleo".
Explica también que "es cierto que aunque la parte actora pretende en el suplico de su demanda la declaración de nulidad íntegra de la Orden autonómica impugnada, la realidad es que, como pone de manifiesto la administración demandada, la impugnación parece limitarse en la imprecisa demanda al artículo 3 que es el que se transcribe en este escrito, en relación con la fijación de horarios y currículo por los propios centros docentes, por considerar que ello excede de las previsiones normativas contenidas en los decretos autonómicos 22/2007 y 23/2007 que se desarrollan por la orden referida", algo que rechaza el Tribunal.
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