La Fiscalía ha dado a conocer su apoyo para iniciar una investigación acerca de la administración del Consell, que es liderado por Carlos Mazón. Este hecho se relaciona con la dana ocurrida el 29 de octubre, la cual ha resultado en un trágico saldo de 223 víctimas mortales, tres personas desaparecidas, y ha impactado a 80 localidades en la provincia de Valencia, además de ocasionar daños materiales que ascienden a cifras millonarias.
De acuerdo con la información proporcionada por El País y corroborada por fuentes fiscales a Europa Press, el ministerio público está a favor de iniciar una investigación acerca de la posible responsabilidad del presidente de la Generalitat en relación con la gestión de la dana.
La resolución judicial, que permite la posibilidad de interponer un recurso, establece que la decisión sobre el caso debe ser sometida al pleno de la Sala de lo Civil y Penal. Este pleno está compuesto por la presidenta de dicha sala y del TSJCV, Pilar de la Oliva, junto a otros cuatro magistrados, según lo estipulado en las normas de reparto.
Así se ha expresado en relación a la solicitud realizada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que le envió la semana pasada una providencia. En dicha providencia, se le otorgaba un plazo de dos días para que emitiera un informe acerca de la competencia del TSJCV en este asunto, así como sobre la admisión o inadmisión de los documentos enviados por las partes involucradas.
Las denuncias y querellas interpuestas contra Mazón debido a su gestión de la dana constituyen una primera presentada por Iustitia Europea; además, hay dos de CGT, dos más presentadas por abogados y otras dos de particulares. Según informaron fuentes del alto tribunal valenciano a Europa Press, también se archivó una denuncia anónima que no incluía nombre ni designaba abogado o procurador.
La Sala decidió agrupar en un solo caso las siete denuncias y querellas que se habían presentado hasta el viernes 13 de diciembre contra Carlos Mazón, debido a su gestión durante la dana, al considerar que todas ellas "tratan sobre los mismos hechos". Según El País, el ministerio público sostiene que la investigación debe llevarse a cabo de manera única y conjunta.
En el conjunto de las querellas, destaca la primera presentada por la organización Iustitia Europa. Además, el sindicato CGT fue el autor de otra denuncia que inicialmente se presentó ante la Fiscalía Provincial, acusando un delito contra los derechos de los trabajadores. Esta denuncia fue posteriormente enviada a la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV, tras tener conocimiento del registro de la querella anterior. Por otro lado, una de las dos denuncias realizadas por abogados también está dirigida hacia la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas.
El juzgado más reciente desestimó la inhibición, calificándola de "prematura", y en este momento procesal no se observa un "nexo causal" entre los acontecimientos descritos en la denuncia y el fallecimiento de un residente del barrio de La Torre durante la noche de la inundación. Así, será la Audiencia de Valencia la que determine a qué instancia le corresponde llevar a cabo la instrucción.
En este contexto, se ha presentado una denuncia por parte de Manos Limpias contra los responsables de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Aemet y la Agencia Valenciana de Emergencias. Esta denuncia fue inicialmente asignada al Juzgado de Instrucción número 15, que posteriormente decidió inhibirse en favor de otro órgano, el número 20. Esta decisión se tomó debido a que dicho órgano fue el primero en abrir diligencias previas relacionadas con el fallecimiento de una persona en la capital durante las inundaciones.
Respecto a la vía penal en los Juzgados de Instrucción, se encuentra a la espera de una resolución por parte de la Audiencia Provincial una cuestión relacionada con las competencias que ha surgido entre las instancias número 15 y 20 de la ciudad de València.
Recurso por Inacción
Asimismo, un recurso adicional ha sido registrado ante el alto tribunal valenciano por un abogado, en el marco de un proceso contencioso-administrativo, debido a la inacción de la Presidencia de la Generalitat Valenciana y de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE).
A mediados de noviembre, se registró una querella presentada por la organización Hazte Oír contra la delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Pilar Bernabé. Esta querella fue asignada al Juzgado de Instrucción número 10 de Valencia, que decidió inadmitirla debido a un defecto formal. En lugar de un poder especial, se había presentado uno general. Según lo explicado en su momento por el TSJCV, la inadmisión se debió a un defecto procesal subsanable relacionado con el apoderamiento. La parte querellante, sin embargo, recurrió esta decisión.
En este último escenario, a finales de noviembre, el recurso fue admitido a trámite y se encontraba en proceso de tramitación. De acuerdo con el artículo 49 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se envió un oficio a la Administración demandada para que enviara los expedientes administrativos.
En un recurso adicional presentado por Liberum a través de esta misma vía, se solicitaban medidas cautelarísimas contra la Delegación del Gobierno de la Comunitat Valenciana. La Sección Cuarta de la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV determinó que no tenía competencia para resolver el caso, ya que estaba dirigido contra el Gobierno central. Por este motivo, decidió inhibirse en favor de la Sala Tercera del Tribunal Supremo.