Abierto el plazo para solicitar las ayudas regionales por la contratación de parados

jueves 02 de octubre de 2014, 12:47h
Ha quedado abierto el plazo para solicitar las ayudas regionales destinadas a empresas, entidades privadas sin ánimo de lucro y trabajadores autónomos para fomentar la incorporación y permanencia de trabajadores desempleados en el mercado de trabajo, mediante el llamado Programa de Incentivos a la Contratación de la Comunidad de Madrid, dotado con 26 millones de euros.

El programa, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid el pasado 23 de mayo, contempla, para las empresas con menos de diez trabajadores, subvenciones de 1.500 euros para cada contrato indefinido a tiempo completo o cada conversión a contrato indefinido a tiempo completo de contratos temporales o de prácticas, así como subvenciones de 1.000 euros para cada contrato de duración determinada o en prácticas por un periodo mínimo de seis meses.

Las empresas con diez trabajadores o más podrán disfrutar de subvenciones de 500 euros por cada contrato en prácticas en jornada completa y por cada año de duración, hasta un máximo de 1.000 euros, así como de subvenciones de 1.000 euros por cada contrato indefinido a tiempo parcial, siempre que la jornada sea, al menos, del 50 por ciento, de desempleados mayores de 45 años.

En cualquier caso, en los supuestos de contratación a tiempo parcial, el importe de las subvenciones se reducirán proporcionalmente en función de la jornada establecida, teniendo en cuenta que en el contrato indefinido a tiempo parcial para mayores de 45 años, la reducción proporcional de la subvención se aplicará cuando la jornada laboral sea inferior a la mitad de la jornada a tiempo completo.

Para acceder a las ayudas, los beneficiarios deberán hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y el centro de trabajo o el domicilio social y fiscal del beneficiario de la subvención deberá estar radicado en la Comunidad de Madrid.

Por su parte, los trabajadores contratados deberán hallarse inscritos como personas desempleadas demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid durante un período de, al menos, un mes ininterrumpido e inmediatamente anterior a su contratación, salvo en el supuesto de conversión de contrato de duración determinada o en prácticas en indefinido.

Las solicitudes podrán presentarse, preferentemente, en el Registro Auxiliar de la Dirección General de Empleo, en Vía Lusitana 21, o en cualquiera de las formas que prevé la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como por medios electrónicos, a través del portal de la página web de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org), si se dispone de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

El plazo máximo para resolver la concesión de las ayudas será de tres meses, a contar desde la entrada de la solicitud en el Registro del órgano competente. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado Resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo.

Esta actuación forma parte del Plan de Empleo para 2013 de la Comunidad de Madrid, que "establece una serie de medidas encaminadas a incentivar la creación de puestos de trabajo, especialmente, en los sectores de población más afectados por el desempleo como son jóvenes y mayores de cuarenta y cinco años. Asimismo, se pretende reforzar y

apoyar la actividad de autónomos y microempresas, dando así un nuevo impulso a la economía madrileña", tal y como señala el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

La apertura del plazo de presentación de solicitudes se produce precisamente el día siguiente a la fecha de la publicación de la orden correspondiente en el BOCM, y dicho plazo estará abierto hasta el 10 de diciembre de 2013.
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