Libertad provisional para Blesa, tras pagar 2,5 millones de euros
jueves 02 de octubre de 2014, 12:47h
El magistrado del Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid Elpidio José Silva Pacheco ha decretado la libertad provisional para el ex presidente de Caja Madrid Miguel Blesa tras ordenar ayer su ingreso en prisión por la compra del City National Bank de Florida al apreciar riesgo de fuga.
Según el auto, fechado en el día de ayer, se decreta esta libertad provisional con la medida cautelar de prohibición de abandonar el territorio nacional con la entrega de pasaporte apercibiéndole que el incumplimiento de esta obligación señalada puede suponer la reforma de la resolución, acordándose en su lugar la prisión provisional de nuevo.
Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Miguel Blesa permanecerá en prisión hasta el abono de la fianza de 2,5 millones de euros impuesta por el juez, hecho que a esta hora aún no se ha producido.
El ex presidente de Caja Madrid pasaba su primera noche en la cárcel después de que dos agentes de la Guardia Civil le llevaran a prisión desde el Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid. Los agentes del Instituto Armado acudieron al juzgado al filo de las 20.30 horas, después de que Blesa permaneciera en dependencias judiciales durante cerca de siete horas.
Su entorno se movilizaba para tratar de buscar los 2,5 millones de euros de fianza que ha acordado el juez Elpidio José Silva para eludir su permanencia en prisión, que previsiblemente será la de Soto del Real.
El juez califica de "aberrante" que Caja Madrid comprara el City National Bank de Florida en pleno "tsunami" económico y afirma que la "tormenta perfecta" en la entidad no dependió de constantes climatológicas, sino del "proceder directo" de su ex presidente Miguel Blesa.
Así lo sostiene el magistrado en el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, por el que decreta el ingreso en prisión provisional bajo fianza de 2,5 millones de euros de Blesa al entender que concurren "muy relevantes" indicios de criminalidad, de los que se desprende un posible delito societario de administración desleal o bien uno de apropiación indebida con otro de falsedad de documento público.
El juez Silva ha tenido en cuenta para fundamentar su decisión el informe remitido por el Banco de España para sostener que la operación implicó pérdidas de 500 millones de euros. "Bajo una apreciación causal la conducta del imputado ha podido ocasionar directamente daños y perjuicios económicos severos a la entidad que presidía", resalta.
"No parece que nos hallemos ante eventos fortuitos o cursos causales de todo punto inesperables, sino ante una pérdida plenamente previsible y anticipable, de no ser -- en la hipótesis más favorable al imputado-- por la ausencia total de la mínima diligencia en la gestión y destino proyectado para los fondos de Caja Madrid, máxime ante una cuantía tan elevada", recoge el auto.
"Y todo ello -- resalta el juez-- unido al curso causal dimanente de la crisis económica imperante, posiblemente condujo al colapso a al entidad financiera. En definitiva, aquí la 'tormenta perfecta' no dependió de constantes climatológicas, sino del propio proceder directo del imputado Miguel Blesa".
EXPLICACIONES DE BLESA
El auto se refiere al hecho de que Blesa solo haya contestado a las preguntas de su defensa, acogiéndose a su derecho a no declarar a las formuladas por la acusación y el propio instructor. Durante esta declaración, que se ha prolongado durante cerca de tres horas, el banquero ha defendido que el sobreprecio desembolsado se debió a que era el mejor banco, el más dimensionado y en suma el más rentable.
Se le ha preguntado también si los 970 millones de dólares desembolsados en la adquisición del 83% del banco de Florida en abril de 2008 estaba sujeto como precio de venta al control previo, preceptivo y vinculante de la Comunidad de Madrid, contestando que no.
Sin embargo, el juez no comprende por qué la entidad fraccionó la compra del banco entre 2008 y 2010, por qué éste último sufrió en tal poco tiempo "tal merma de valoración" y tampoco, en definitiva, la razón por la que se adquiere "en momentos tales que, en realidad, resultan indiferentes tales cualidades de optimización bancaria".
"Es decir, por expresarlo muy gráficamente, en medio de una tempestad, no existe barco que, a todas luces, tenga que aguantar ni, ante la presencia de un tsunami, existe mejor o peor tumbona para pasar la tarde tomando el sol", señala el magistrado.
La responsabilidad sobre la compra del proyecto extranjero corresponde "exclusivamente" a la adquiriente, es decir, a Caja Madrid y en tanto que Caja "paradigmática y eminentemente presidencialista, a su presidente". "El regulador no conoce ni puede conocer la profunda y concreta estructura de negocio de las diferentes entidades bajo su control", destaca.
Concluye que Blesa no ha explicado bajo qué presupuestos de estrategia se estudió la captación de depósitos de un nicho de mercado "nuevo" para Caja Madrid, a diferencia de otras entidades financieras que se han lanzado al mercado de Estados Unidos.